62 años de la declaración de Arrecifes como ciudad
Hoy, 31 de agosto, se cumplen 62 años de la declaración de Arrecifes como ciudad, por ley 5586 aprobada por las cámaras de Diputados y de Senadores de la provincia de Buenos Aires.
La importancia de dejar de llamarnos “pueblo” para convertirnos en “ciudad”. Un paso grande en el progreso de una comunidad que buscaba ponerse “los pantalones largos”.
El artículo 1º de esa ley decía: “Declárase ciudad al actual pueblo de Arrecifes, cabecera y asiento de las autoridades del partido de Bartolomé Mitre”, refrendando el proyecto presentado por el senador Héctor E. Mercante.
Años más tarde, el 20 de junio de 1997, nuestra ciudad terminó de tomar identidad propia cuando logramos llamarnos por nuestro nombre. Gracias al proyecto del entonces senador provincial y actual intendente, Dr. Daniel Bolinaga, se aprobó la ley 11.966 que nos permitió quitarnos el nombre de partido de Bartolomé Mitre y pasar a llamarnos únicamente Arrecifes.
LEY 5586
Declaración de ciudad del pueblo de Arrecifes (Bartolomé Mitre)
El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de LEY:
Art. 1º Declárese ciudad al actual pueblo de Arrecifes, cabecera y asiento de las autoridades del partido de Bartolomé Mitre.
Art. 2º Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La plata a los treinta y un días del mes de agosto del Año del Libertador General San Martín, mil novecientos cincuenta.
MARIO M. GOIZUETA JOSE L. PASSERINI
Dionisio Ondarra, Alfredo Panetti,
Secretario de la C. de DD. Secretario del Senado.
Año del Libertador General San Martín.
La Plata, 15 de setiembre de 1950.
Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y «Boletín Oficial» y archívese.
Héctor E. Mercante.
Registrada bajo el número cinco mil quinientos ochenta y seis (5586).
Héctor E. Mercante.
Trámite Legislativo
Cámara de Senadores.- Proyecto de Ley del Senador Mercante. Entrada y destino de la Comisión de Legislación General, págs. 477 y 505 (agosto 3 de 1950). Expídese la Comisión, pág. 515 (agosto 10 de 1950). Aprobación en general y particular, pág. 635 (agosto 24 de 1950).
Cámara de Diputados.- Entrada en revisión y destino a la Comisión de Asuntos Constitucionales y Justicia, págs. 1508 y 1650 (agosto 25 de 1950). Expídese la Comisión, pág. 1684 (agosto 2S de 1950).