Documentación para circular en vehículos
El Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Arrecifes pone en conocimiento de propietarios, poseedores, y/o tenedores de vehículos: camiones, autos, motovehículos, cuatriciclos y/o cualquier otra denominación de transporte automotor, previsto por la legislación vigente en la materia (ley nacional N° 24.449, ley provincial n° 13.927 y complementarias, y ordenanzas municipales pertinentes), que es indispensable a los fines de la circulación, la portación de la siguiente documentación:
1- Tarjeta identificatoria de vehículo (sea tarjeta verde o azul, según el caso).
2- Seguro obligatorio contra terceros.
3- Registro y/o licencia habilitante para conducir las diversas clases de vehículos, expedidos por los organismos públicos pertinentes.
En consecuencia con la legislación en vigencia, se comunica que la falta de los documentos esenciales enunciados no recibirá autorización del organismo a mi cargo para el retiro de las unidades que sean secuestradas preventivamente en los respectivos operativos de control de tránsito vehicular que realicen autoridades municipales, provinciales o nacionales, y hasta tanto se regularice la situación de documentación faltante de los elementos enumerados.
El supuesto no será redimible y/ o subsanable con pago de multa alguna. Sólo se procederá a la entrega de las unidades, contra la presentación por mesa de entradas del Juzgado de Faltas de la documentación faltante pertinente.
Se invita a la población propietaria, poseedora o tenedora de los vehículos identificados anteriormente, a la regularización de la documentación con respecto a los mismos, ahorrando, de esa forma, inconvenientes ante los controles vehiculares. A partir del próximo 1º de mayo comenzará la aplicación estricta de esta resolución.
Dr. Fabián Sergio Maseda
Juez de Faltas
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