Multas y penas de prisión para quienes informen sobre los que blanqueen activos
El proyecto de ley de blanqueo de activos sin declarar y pago de las deudas que el Estado tiene con los jubilados incluye un artículo que prevé fuertes multas y penas de prisión para todos aquellos que «divulguen o reproduzcan documentación o información de cualquier modo relacionada con las declaraciones voluntarias y excepcionales reguladas por esta ley». La penalización, contenida en el artículo 85 del proyecto, no sólo alcanza a los funcionarios que intervengan en el proceso sino también a terceros. Esto puso en alerta a organizaciones defensoras de la libertad de expresión y de prensa y a especialistas en comunicación.
El artículo 85 del proyecto impone expresamente penas de entre un mes y dos años de prisión al extender a los eventuales terceros involucrados en la divulgación de la información, quienes también se verían expuestos a la aplicación de una multa igual al valor de los bienes blanqueados.
En concreto, en su Artículo 85, el proyecto enviado por el presidente Mauricio Macri al Congreso, dice en su último párrafo que: «Los magistrados, funcionarios judiciales o dependientes de la Administración Federal de Ingresos Públicos, los declarantes del Título I del Libro II de la presente y terceros que divulguen o reproduzcan documentación o información de cualquier modo relacionada con las declaraciones voluntarias y excepcionales reguladas por esta ley incurrirán en la pena prevista por el artículo 157 del Código Penal. Los terceros mencionados precedentemente incurrirán, además, en una multa igual al valor de los bienes exteriorizados por aquel que hubiera realizado la declaración voluntaria y excepcional que se hubiera revelado o divulgado o cuyos hechos, actuaciones, documentos, datos o información se hubiera revelado o divulgado».